La Ley General de Turismo obligará a prestadores de servicios a verificar el parentesco de adultos que ingresen con menores. Si no lo acreditan, deberán negar el servicio y dar aviso a las autoridades.
Ciudad de México.— El Senado de la República aprobó por unanimidad el dictamen que adiciona las fracciones X Bis y X Ter al artículo 58 de la Ley General de Turismo, con el objetivo de prevenir la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en establecimientos y servicios turísticos.

La reforma obliga a hoteles, moteles, alojamientos y otros prestadores de servicios turísticos a verificar la relación legal entre el adulto y el menor que pretenda utilizar el servicio. El adulto deberá acreditar parentesco, patria potestad, tutela, guarda o custodia, o bien demostrar que el menor es mayor de edad.
En caso de no poder comprobarlo, el prestador deberá negar el servicio y dar aviso inmediato a las autoridades ante la posible comisión de un delito.
Las cifras del problema
Durante la discusión, la senadora Laura Esquivel Torres (PAN) presentó datos que dimensionan la magnitud del problema:
- México y Tailandia ocupan el primer lugar mundial en turismo sexual infantil.
- El negocio de la trata genera más de 150 mil millones de dólares a nivel global.
- Cada año, aproximadamente 21 mil niñas, niños y adolescentes son víctimas de explotación sexual en México.
“Los pederastas no llegan a México por casualidad. Llegan porque aquí tienen la oportunidad de hacerlo, porque saben que México es un paraíso pederasta. A partir de hoy empezaremos a cerrar esas oportunidades”, sentenció Esquivel Torres.
La senadora de Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales, citó estimaciones de entre 17 mil y 20 mil menores atrapados en redes de explotación.
El contexto de la reforma
La reforma forma parte de una estrategia legislativa que se aceleró ante la proximidad del Mundial 2026, evento que, según organizaciones civiles, representa una “tormenta perfecta” para el incremento de la explotación sexual infantil en México.
Datos del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) señalan que 36 por ciento de los agresores en casos de turismo sexual en México son ciudadanos de Estados Unidos y Canadá.
Las obligaciones para los prestadores
La reforma establece que los prestadores de servicios turísticos deberán:
- Implementar protocolos preventivos para detectar posibles delitos contra menores.
- Verificar la identidad y filiación de los menores, utilizando su CURP o pasaporte vigente en el caso de extranjeros .
- Capacitar al personal para identificar señales de alerta y reportar oportunamente situaciones de riesgo.
- Negar el servicio cuando no se acredite el vínculo legal, y dar aviso a las autoridades.
Siguiente paso
El decreto fue enviado a la titular del Poder Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación . Las reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.
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