La iniciativa tipifica la práctica como explotación reproductiva y sanciona a contratantes, médicos, agencias y fedatarios; fue turnada a comisiones sin dictamen.
CIUDAD DE MÉXICO.— La diputada Nora Yessica Merino Escamilla, del Partido del Trabajo, presentó una iniciativa para prohibir la gestación subrogada en todo el país y tipificarla como «explotación reproductiva», con penas que van de seis a 17 años de prisión para quienes realicen, promuevan, financien o intermedien la práctica, y de 15 a 25 años cuando se acredite explotación. La propuesta reforma la Ley General de Salud, la Ley General en Materia de Trata de Personas y el Código Penal Federal, y fue turnada a las comisiones unidas de Salud y Justicia para dictamen, con opinión de la Comisión de Derechos Humanos.
Qué establece la iniciativa
La propuesta adiciona la fracción XXVI Ter al artículo 3 de la Ley General de Salud para declarar la prohibición de la gestación subrogada como materia de salubridad general. Define la práctica como aquella en la que una mujer gesta a una persona por cuenta de otra, mediante acuerdo o contrato, con o sin contraprestación económica, para entregar al recién nacido a alguien distinto de quien lo gestó.
Las sanciones se distribuyen en tres niveles:
- Seis a 17 años de prisión para quien realice, ejecute, promueva, facilite, financie, publicite o intermedie procedimientos de gestación subrogada, así como para el contratante que obtenga o pretenda la entrega de la persona nacida. Fedatarios públicos enfrentarían además suspensión de cinco a ocho años en el ejercicio de la función.
- Cuatro a nueve años de prisión y multa de 10 mil a 15 mil UMA para responsables, directores o administradores de establecimientos de salud que permitan la práctica, con clausura definitiva del local. La misma pena para quien opere agencias o despachos dedicados a la intermediación.
- 15 a 25 años de prisión y multa de 2 mil a 30 mil días para quien, mediante acuerdo, obtenga que una mujer geste para entregar al nacido a un tercero, así como para quien capte, reclute, traslade o retenga a la gestante con ese fin.
La iniciativa establece que la mujer gestante «no será sujeto activo del delito» y tendrá «en todo caso la calidad de víctima», con derecho a medidas de protección, asistencia y reparación. Las penas se agravan hasta en una mitad cuando la gestante sea menor de 18 años, pertenezca a un pueblo indígena o afromexicano, esté en situación de pobreza o migración, o cuando el responsable sea servidor público o integrante de la delincuencia organizada.
El vacío legal que la iniciativa busca cerrar
México no tiene una ley federal que regule la gestación subrogada. La práctica opera bajo un mosaico de regulaciones estatales dispares: algunas entidades la permiten con condiciones, otras la restringen y otras no la reconocen. Esa ausencia de marco federal llevó a la Suprema Corte a fijar criterios caso por caso.
En febrero de 2026, el Pleno estableció que, ante la falta de regulación en la Ciudad de México, las diligencias de jurisdicción voluntaria son la vía idónea para que un juez verifique el acuerdo de gestación subrogada, previamente ratificado ante notario, y ordene la expedición del acta de nacimiento. La Corte condicionó esa validación a que se acredite consentimiento libre e informado y a que no exista riesgo de explotación.
La presidenta Claudia Sheinbaum se pronunció en junio pasado sobre el tema: «Hay que dejárselo a los Estados, hay otros temas que también le corresponden a los Estados, que no tienen por qué haber necesariamente una Ley Federal». La iniciativa del PT contradice esa postura al proponer una prohibición de alcance nacional.
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