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Candidatos a gobernador o presidente deberán renunciar a otra nacionalidad

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El Ejecutivo Federal presentó una iniciativa para reformar la Constitución y establecer que presidentes y gobernadores no tengan doble nacionalidad, con el objetivo de que «el interés de México esté por encima de cualquier otro».


Ciudad de México.- La Comisión Permanente recibió la iniciativa para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el Ejecutivo Federal, para establecer que quien ejerza la titularidad de las gubernaturas o la Presidencia de la República no tenga doble nacionalidad y, por tanto, conflicto de interés con una nación extranjera.

Nacionalidad única para titulares de los Ejecutivos

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo presentó la iniciativa en materia de Nacionalidad Única para el Ejercicio de la Titularidad de los Poderes Ejecutivos Federal y Local, con el objetivo de que «quienes deseen ocupar la Presidencia de la República o gubernaturas renuncien a su doble nacionalidad en caso de tenerla, con el objetivo de que el interés de México esté por encima de cualquier otro».

Reformas a los artículos 82, 116 y 122 constitucionales

La iniciativa propone modificar el artículo 82 para establecer que para ser presidente o presidenta se requiera:

  • Ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre mexicanos
  • No tener ni adquirir otra nacionalidad; en caso de tenerla, renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidata o candidato
  • Haber residido en el país al menos durante veinte años

Además, plantea que quien ejerza el cargo no pueda adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana.

Prohibiciones y sanciones

En esta prohibición quedan comprendidos:

  • El uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero
  • El ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este
  • El acogerse a su protección diplomática

La contravención de esta disposición se sancionará en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

Aplicación para gobernadores y Jefatura de Gobierno

Lo anterior se contempla para el artículo 116, en el caso de las y los gobernadores, y en el artículo 122 para la Jefatura de Gobierno en la Ciudad de México.

Iniciativa de Ley de Inversión Extranjera

La presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente también informó que se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, que fue turnada al Senado de la República. Esta iniciativa dota de nuevas atribuciones a la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, a fin de proporcionar mayor certeza jurídica a ese tipo de inversiones en el país.


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