La Junta de Gobierno de la UV y su responsabilidad de ser garante de la autonomía universitaria 

Dr. Rafael Vela Martínez

El 11 de diciembre pasado se realizó el Consejo Universitario General (CUG) de la Universidad Veracruzana (UV) donde se dio a conocer la terna de los propuestos por la Junta de Gobierno (JdG) para reemplazar a uno de sus integrantes EXTERNO de dicha Junta. Sobre el particular hay que recordar que son 9 miembros de la JdG, 5 que pertenecen a la institución (internos) y 4 que no lo son (externos). Como se puede apreciar en la información que es pública, dada a conocer por los diferentes medios de difusión de la UV, hubo varios cuestionamientos en relación con:

  1. ¿Por qué los integrantes de la JdG no se presentan ante el pleno del CUG y dan a conocer la terna, con el ánimo de atender dudas e interrogantes de los Consejeros Universitarios (CU): académicos, funcionarios y estudiantes?
  2. ¿Por qué ante reiteradas dudas y cuestionamientos expuestos en los CUG, no se ha dado respuesta por parte de los integrantes de la JdG, con el ánimo de transparentar el ejercicio de Autonomía Universitaria, como serían las relacionada a su posición para no exigir al Gobierno del Estado de Veracruz, que cumpla con la Ley y entregue a la UV el 4% de su gasto total a ejercer en el año en curso; o transparentar los criterios que aplica para encartar o descartar candidatos propuestos a integrar la JdG.
  3. Por lo menos se podrían enlistar 10 interrogantes más, pero apreciado lector, usted las puede conocer si entra a la página de la UV, pues son públicos los acuerdos de las sesiones del desarrollo de los CUG. (Acuerdos del Consejo Universitario General – Secretaría Académica (uv.mx)); o como lo han llevado a cabo varios comunicadores, realizan entrevistas a Consejeros Universitarios de diferentes Regiones.

Lo cierto es que actualmente se está en un proceso para designar a un integrante (interno) más de la JdG, debido a que aun cuando hubo propuestas en el proceso anterior, sin mayor explicación se declaró desierto y por ello se ha tenido que reponer. Lo que llama la atención es que en el pasado CUG varios Consejeros demandaron se precisen los criterios que aplica la JdG de la UV para encartar o descartar a los aspirantes; más aún, la Consejera del Centro de Investigaciones Cerebrales, solicitó:

  • De acuerdo con la Ley de Transparencia de la UV, avalada por el CUG, se solicita, en caso de haber llegado solicitudes para la TERNA INTERNA, se informe del número de solicitudes que llegaron y quienes fueron las personalidades propuestas; así como se informe de los criterios para descartar las propuestas.
  • De acuerdo con la Ley de Transparencia avalada por el Honorable CUG y, sin poner en tela de juicio la honorabilidad y excelencia académica de los integrantes de la TERNA EXTERNA, se solicita se nos informe cuantas solicitudes llegaron y cuáles fueron los criterios para descartar a los que quedaron fuera.

Pero algo que llamó muchísimo la atención de los Consejeros Universitarios fue que, en la convocatoria del 5 de octubre del 2023, misma que actualmente sigue vigente, en los incisos IX y X aparece un texto que, a juzgar por diferentes expertos en leyes, son anticonstitucionales, pues están prohibiendo a universitarios ser propuestos y seleccionado para integrar la JdG, veamos el texto del documento oficial referido:

  1. Al momento de la postulación no deberá ser miembro del Consejo Universitario General o integrante del Consejo Técnico u órgano equivalente.
  2. No deberá participar en la reunión del órgano colegiado que lo o la nomine

Aho bien, de acuerdo con la normatividad vigente de la UV se señala: “La JDG se regirá por las disposiciones de la Ley de Autonomía, de la Ley Orgánica de la Universidad y de su Reglamento Interno.” Incluso, en la Ley de Autonomía de la UV están los lineamientos para ser miembro de la JDG y se lee lo siguiente:

Artículo 6º. Para ser miembro de la Junta de Gobierno se deberán reunir los requisitos siguientes:

  1. Ser ciudadano mexicano;
  2. Ser persona honorable y de reconocido prestigio;

III. Ser miembro destacado de la comunidad académica estatal o nacional;

  1. Haberse distinguido en su especialidad;
  2. No desempeñar cargos de dirección gubernamental ni de elección popular;
  3. No ser ministro de algún culto religioso;

VII. No ser dirigente de partido político alguno; y

VIII. No haber ocupado puestos directivos en la Universidad en los tres años anteriores.

El cargo de miembro de la Junta de Gobierno será honorífico. En ningún caso habrá la posibilidad de reelección.

Luego entonces, diversos Consejero se plantean la siguiente interrogante: ¿La JDG hace sus propias leyes por encima de la Ley Orgánica y Ley de Autonomía de la UV?

Sinceramente yo creo en la honorabilidad, integridad, solvencia moral y ética de la mayoría de los integrantes de la JdG; sin embargo, lo que considero es que alguien ajeno a esta figura de gobierno le está “metiendo mano” a los documentos y/o procesos en los que tiene presencia esta figura máxima de la autonomía universitaria. Yo creo en las instituciones, pero también tengo claro que esta figura institucional (la JdG) está sufriendo presiones, como nunca, por intereses ajenos a la UV, por ello justamente es necesario su presencia en los CUG, pero no como “testigo de piedra”; sino para dialogar con los Consejeros Universitarios y despejar dudas y, en su caso, si la JdG requiere de nuestro apoyo universitario para romper presuntos condicionamientos de funcionarios públicos o entes ajenos a la Universidad, estoy seguro que con gusto la mayoría de los académicos otorgaremos el apoyo que requieran, pues está en juego la Autonomía de la Universidad Veracruzana, y con ello:

  1. La libertad para definir sus planes de estudio, programas académicos, métodos de enseñanza y evaluación, lo cual permite adaptar la oferta educativa a las necesidades específicas de la institución y del desarrollo de la entidad.
  2. El poder establecer sus propias normas y regulaciones internas, así como elegir sus autoridades académicas y administrativas, lo cual implica que la toma de decisiones sobre asuntos internos, como la selección de personal, la gestión presupuestaria y la planificación estratégica, queda en manos de la propia institución.
  3. La libertad para llevar a cabo investigaciones de manera independiente, sin interferencias externas que puedan condicionar los resultados o la dirección de la investigación.
  4. La libertad de expresión, que implica que la comunidad universitaria, incluyendo académicos, estudiantes y personal administrativo, deben gozar de libertad para dar a conocer sus ideas, puntos de vista, observaciones, críticas y opiniones acerca de las cuestiones académicas, institucionales y sociales, sin temor a represalias internas o externas a la Institución.

Finalmente, no le voy a “leer el credo a los apóstoles”, pero si en algo se contribuye para asegurar la AUTONOMIA UNIVERSITARIA, trascribo las conclusiones a las cuales llegamos en un “chat” de un grupo de investigadores, que da seguimiento a los embates que sufren las universidades públicas del país; es en referencia a los aspectos que se deben evitar entre quienes integran la JdG de la UV.

  • Los miembros de la Junta deben evitar cualquier conflicto de interés no revelado que pueda comprometer su capacidad para tomar decisiones imparciales en beneficio de la universidad.
  • La falta de transparencia en la toma de decisiones y en la comunicación con la comunidad universitaria puede socavar la confianza en la Junta. Es importante evitar prácticas opacas que puedan generar sospechas o malentendidos.
  • Tomar decisiones que favorezcan intereses personales o políticos en lugar de los intereses de la universidad puede dañar la reputación de la Junta y afectar adversamente a la institución.
  • Evitar la desconexión con la comunidad universitaria, ya que puede impedir una comprensión completa de las necesidades y preocupaciones de los estudiantes, profesores y personal.

En general, mantener altos estándares éticos, fomentar la transparencia y promover la colaboración son elementos clave para el buen funcionamiento de una Junta de gobierno universitaria. Evitar prácticas negativas ayuda a preservar la integridad y la eficacia de la institución educativa, justamente por ello es que se debe cuidar que los notables que integran la Junta de Gobierno de deben tener una combinación de características personales, cualidades, destrezas, habilidades y reconocimientos para desempeñar eficazmente sus funciones.

Algunas de estas cualidades y requisitos incluyen compromiso con la educación superior, integridad y ética, conocimiento en educación o experiencia académica, experiencia en gestión y liderazgo, conocimientos financieros, habilidades en desarrollo de recursos y recaudación de fondos, pensamiento estratégico, capacidad de toma de decisiones, habilidades de comunicación, compromiso con la diversidad e inclusión, redes y conexiones, reconocimiento y prestigio profesional, y actualmente estar al día de los que está sucediendo con esta Revolución del Conocimiento Digitalizado y su impacto en la educación como en el progreso de los entornos regionales.

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