Regidora de “piel sensible”
Por Mario Díaz
- La edil de ciudad Reynosa se molesta por un claro acto de nepotismo
- Aprovechando su influencia tiene a una hija en la nómina municipal
- Urge regularizar esa aberración llamada “violencia política en razón de género”
H. Matamoros, Tamaulipas.- Cada día se hace más urgente y necesario clarificar y precisar legislativamente los alcances jurídicos de esa aberración llamada “violencia política en razón de género” que prácticamente “blinda” a mujeres en cargos de elección popular o servicio público.
Bajo ese manto protector que violenta las garantías individuales consagradas en nuestra Carta Magna como son las libertades de prensa y expresión y el derecho a la información, las mujeres que ejercen una función pública pueden “hacer y deshacer” a su antojo sus respectivas responsabilidades sin importar la presunción de actos indebidos.
Un caso de lo antes expuesto lo ejemplifica el abuso de poder de la gobernadora del estado de Campeche LAYDA SANSORES SAN ROMÁN en contra del decano periodista JORGE LUIS GONZÁLEZ VALDEZ a quien acusó ante la Fiscalía General del Estado por los delitos de difamación, calumnias, discurso de odio e incitación al odio y a la violencia y, ante las autoridades electorales, de “violencia política en razón de género”.
Desafortunadamente, el gobierno federal de la Cuarta Transformación y el de aquella entidad federativa han puesto oídos sordos a los justos reclamos de organizaciones gremiales periodística y asociaciones civiles ante la preocupación por el riesgo latente de las libertades de prensa y expresión asociadas con críticas gubernamentales.
Por citar un ejemplo, Alianza de Medios MX considera que “este tipo de medidas extremas para acallar la crítica hacia la gobernante de Campeche, prácticamente reproducen esquemas de censura previamente declarados inconstitucionales por los tribunales federales y van por encima de los acuerdos internacionales de libertad de prensa”.
Por lo tanto, ante el verdadero atentado al libre ejercicio del periodismo y libertad de expresión en el estado de Campeche y que sienta un precedente para el resto del país, organizaciones gremiales y asociaciones civiles deberían alzar la voz y exigir que el sistema judicial no sea utilizado como instrumento de presión para silenciar opiniones discordantes con tal o cual gobernante, funcionario público o representante en cargo de elección popular.
Un incidente similar ocurrió recientemente en ciudad Reynosa, Tamaulipas protagonizado por la regidora panista JUANA SÁNCHEZ en contra de un presidente de una asociación civil quien criticó en una red social el nepotismo de la edil al tener en la nómina municipal a su hija NEIDI LIZETH PÉREZ SANCHEZ con el cargo de “asistente administrativo” pero sin presentarse a laborar.
Por tal motivo, el ingeniero ALFREDO JUÁREZ, presidente del Club de Leones Reynosa, se vio obligado a publicar un escrito a la Opinión Pública para dar a conocer el motivo del reclamo recibido en un evento público, que a la letra dice:
“A LA OPINIÓN PÚBLICA:
La regidora panista del Ayuntamiento de Reynosa, C. Juana Sánchez, me reclamó por mi participación en la red social de una tercera persona, en la que se hizo mención de su hija, concretamente de su vínculo laboral con el gobierno de Reynosa, y su situación de recibir salarios sin devengarse, o como coloquialmente se dice: su carácter de aviadora.
Aunque fue grosera e imprudente, y pese a incumplir con la cortesía a la que estaba obligada en su carácter de anfitriona de un evento al que asistí como presidente del Club de Leones, como respuesta a su reclamo, le solicité de manera insistente que el asunto que le molestaba lo abordaremos en otra ocasión.
El incidente se pudo haber quedado en lo anecdótico, en un episodio de ofuscación, en un reclamo airado que tal vez podríamos aclarar y superar, pero no puedo ignorar su amenaza de ser demandado por violencia política de género, pues aunque no se hizo mención o referencia alguna a su condición de mujer, ni de menosprecio, ni de ofensa, ni alusiones a su género, ni comentarios que puedan calificarse de misóginos, sé que es una vía muy utilizada para eludir el escrutinio público.
En los próximos días haré la denuncia formal (denuncia de hechos) por la posible ilegalidad en la que incurrieron al contratar a un familiar directo de un integrante del Ayuntamiento, en este caso de la C. Neidi Lizeth Pérez Sánchez, hija de la regidora Juana Sánchez.
La respuesta de las autoridades nos demostrará si los ciudadanos tenemos derecho a referirnos a la actuación de los servidores públicos, o si la regidora tiene razón al ofenderse porque en una red social se menciona y se comenta sobre esta circunstancia que tiene nombre: nepotismo”.
Pero ¿cuál es la definición de esa “aberración legislativa” de nuevo cuño?
Veamos:
“La violencia política de género es cualquier acción u omisión basada en elementos de género que busca limitar, anular o menoscabar los derechos político-electorales de las mujeres. Comprende violencia física, psicológica, simbólica, sexual, económica o digital, perpetrada desde la esfera pública o privada, afectando desproporcionadamente a mujeres candidatas, funcionarias o militantes, por ser mujeres”.
En México, el Instituto Nacional Electoral (INE) y las Fiscalías Especializadas brindan apoyo a las víctimas para denunciar y garantizas el ejercicio pleno de sus derechos.
Sin embargo, ante el evidente acto de nepotismo de la regidora panista en el ayuntamiento reynosense que significa incluir en la nómina municipal a su hija, reconózcase o no, eso representa: nepotismo.
¿Cómo la ve?
DESDE AL BALCÓN:
I.-Lo dicho. Urge una cruzada gremial y de asociaciones civiles para frenar el desmedido alcance de esa aberración identificada como “violencia política en razón de género”, instrumento que prácticamente blinda a mujeres que ejercen distintas áreas del servicio público sin importar si cometen o no actos deshonestos.
Y hasta la próxima.








