Durante la Vigésima Sesión Ordinaria, el cabildo de Atizapán de Zaragoza aprobó otorgar diversos estímulos fiscales, con el propósito de apoyar a los contribuyentes en la regularización de sus adeudos.
Esta medida busca aliviar la carga financiera de las personas físicas y locatarios de mercados públicos municipales.
Detalles de los estímulos fiscales
Se aprobó una condonación de hasta el 50 por ciento de multas y hasta el 50 por ciento de subsidio en recargos para los ejercicios fiscales 2021 y anteriores. Este beneficio es para personas físicas propietarias o poseedores de inmuebles sujetos al pago de impuesto predial que se presenten espontáneamente para regularizar sus adeudos.
Multas y requerimientos:
Además, se autorizó un 50 por ciento de descuento en multas para los propietarios o poseedores notificados o requeridos por la autoridad fiscal desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2022. Los beneficiarios con crédito hipotecario deberán acreditar la titularidad del mismo para obtener este beneficio.
Derechos de agua potable
Se otorgó una condonación de hasta el 30 por ciento en multas y recargos para los ejercicios fiscales 2021 y anteriores a las personas físicas propietarias o poseedores de inmuebles sujetos al pago de derechos de agua potable, que se presenten espontáneamente para regularizar sus adeudos.
Multas y requerimientos:
Un 50 por ciento de descuento en multas fue autorizado para los contribuyentes notificados o requeridos por la autoridad fiscal desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2022, con el mismo requisito de acreditación para los que cuenten con crédito hipotecario.
Locatarios de mercados públicos
Para los locatarios de mercados públicos municipales, se condonó el pago de derechos correspondientes al uso de áreas públicas para actividades comerciales o de servicios de los ejercicios fiscales 2020 y anteriores. También se bonificó el 100 por ciento de los accesorios generados por la falta de pago en estos ejercicios.
Ejercicios Fiscales 2021 y 2022:
Para estos periodos, el monto a pagar se calculará según el artículo 154 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, con una bonificación del 100 por ciento de accesorios.