Con 476 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma al artículo 191 de la Ley del Seguro Social, con la que se regulan los retiros parciales por desempleo de las cuentas individuales de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. El dictamen fue enviado al Senado para continuar con su proceso constitucional.
La reforma busca proteger el ahorro de los trabajadores y cerrar las puertas a esquemas de simulación que han puesto en riesgo sus recursos y semanas cotizadas, particularmente aquellos promovidos por gestores que cobran comisiones abusivas a cambio de tramitar retiros indebidos.
¿Qué cambia con esta reforma?
El dictamen establece dos supuestos para realizar un retiro parcial:
- Si la cuenta tiene más de tres años de apertura y al menos 12 bimestres de cotización, el trabajador podrá retirar el equivalente a 30 días de su salario base de cotización promedio de las últimas 52 semanas, con un tope de 10 veces el valor de la UMA mensual.
- Si la cuenta tiene más de cinco años de apertura, el retiro podrá ser:
- El monto que resulte menor entre 90 días del salario base de cotización promedio de las últimas 250 semanas, o
- El 11.5% del saldo de la subcuenta correspondiente.
También se elimina un párrafo del inciso b) de la fracción II del artículo, con lo que se garantiza que los trabajadores puedan optar por el esquema que más les beneficie, y que las reglas sean claras y protegidas contra abusos.
Contra el fraude y la simulación
El dictamen advierte que se han identificado prácticas indebidas por parte de supuestos promotores que, a cambio de una comisión de hasta 30% del monto retirado o pagos anticipados, simulan contrataciones con salarios artificialmente altos por unos días. Esta práctica busca elevar el promedio salarial para maximizar el retiro permitido, lo que compromete el ahorro y la legalidad del sistema.
Por esta razón, se han reforzado los mecanismos de validación en las plataformas de las Afores, con la participación del IMSS, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y la empresa ProceSAR, para confirmar la veracidad de los salarios reportados.
El decreto aprobado otorga 180 días naturales a las autoridades correspondientes para adecuar sus sistemas y procedimientos conforme a la nueva ley.