Extensión Córdova 2024
Su extensión: Lorenzo Córdova recurrió a las redes sociales para intentar apagar el fuego por sus cuantiosas inconsistencias presupuestales cuando estuvo al frente del INE. Pero no es en ese espacio en donde debe aclarar los números que no cuadran, sino ante el Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, que denunció el hecho, 6 mil 436 millones de pesos es el faltante. Entonces, ante la autoridad respectiva, no por medio de grillas baratas en espacios que no corresponden.
Delgado explicó que de acuerdo con el marco de seguridad que estableció el gobierno federal con el INE, el secretario general de Morena en Guanajuato solicitó desde el 8 de marzo la protección para nueve candidatos a presidentes municipales, al Senado y para la abanderada a gobernadora. El INE recibió esta solicitud y canalizó la protección de los candidatos a gobernadora y a senador a la autoridad federal. Tuvo una respuesta oportuna y de inmediato puso a disposición Guardia Nacional para ellos.
Otra versión:Pero el organismo público local electoral desafortunadamente pidió que se diera la razón de por qué se estaba pidiendo la protección; que se presentará una querella que lo avalara y contestó básicamente que aún no eran tiempos de campaña. Que la protección iniciaba una vez que arrancaran los eventos de proselitismo y tuvimos los hechos lamentables que todos conocemos.
Sheinbaum descartó solicitar protección adicional para ella o su equipo, cuando realice algún recorrido por Guanajuato. Lo que queremos es la seguridad para todos los candidatos, porque no solamente está Morena, más allá de mi persona. Mientras en la campaña de Morena, aseguró, hay un acarreadero, apuntó que en su caso los eventos son orgánicos, la gente que llega lo hace por su propio pie en su mayoría, hay algunos que se les ha puesto transporte de apoyo, pero no es una cosa grotesca de obligar, de acarrear, de intimidar.
Al considerar que fue una medida excesiva, arbitraria e injustificada, el Gobierno de la Ciudad de México presentó un juicio en contra de la medida cautelar que emitió el Instituto Electoral local (IECM) que le prohíbe al titular del Ejecutivo local, Martí Batres, emitir comentarios sobre el proceso electoral. Por conducto de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales presentó el medio de impugnación ante el Tribunal Electoral capitalino, en el que se indica que la medida transgrede el derecho constitucional de la libertad de expresión. Incluso consideraron que el IECM se extralimitó en sus facultades y vulnera el principio de legalidad que debe regir todas sus actuaciones.
Audiencias: Asimismo, argumentó que no hubo derecho de audiencia ni de una adecuada defensa, que son formalidades esenciales del procedimiento. La Consejería pidió al tribunal revocar el acuerdo impugnado y determinar como improcedente la medida cautelar.¿Por otra parte, el PRD presentó un nuevo juicio en contra de la candidatura de la ex alcaldesa Judith Vanegas Tapia por el distrito 7 electoral.
Con este suman tres medios de impugnación sobre este asunto.Habrá urnas electrónicas en las 44 casillas especiales, la Junta Local Ejecutiva del INE en la CDMX presentó las urnas electrónicas versión, 7.0, que se instalarán en las 44 casillas especiales para la jornada electoral del domingo 2 de junio. Los dispositivos, que además se van a utilizar para la votación de personas mexicanas desde el extranjero, podrán recibir los votos de los comicios para la Presidencia de la República, diputaciones federales y senadurías, así como los sufragios de los comicios para la jefatura de Gobierno, las 16 alcaldías y diputaciones locales. Representantes de la junta local del INE resaltaron que con las urnas electrónicas el conteo de votos se hará de manera ágil y sencilla; además, se trata de equipos amigables y fáciles de utilizar, pues reducen tiempos en la emisión del voto y ofrecen altos niveles de confianza, porque generan resultados libres de errores humanos.
Entre otras cosas…
En pleno proceso electoral la Comisión de Alcaldías y Límites Territoriales, que encabeza el PRI en el Congreso local, pretende que a más tardar en la segunda semana de junio se realicen las consultas a los habitantes de las alcaldías Gustavo A. Madero e Iztapalapa para comenzar con el proceso de división de dichas demarcaciones que ordena la Constitución Política de la Ciudad de México. Después de que un juez de primera instancia en Texas ordenó la liberación de 223 migrantes detenidos por el incidente del 21 de marzo pasado, cuando cruzaron en estampida y agredieron a elementos de la Guardia Nacional en el río Bravo, el Departamento de Seguridad Pública de ese estado (DPS por sus siglas en inglés) informó que los mantendrá bajo arresto y consignará a nueve de ellos por delitos graves de disturbios.
El juez del condado de El Paso, Humberto Acosta, había ordenado que fueran liberados bajo palabra todos los migrantes acusados de participar en un motín fronterizo y disturbios, porque la Fiscalía del Distrito de El Paso no estaba en condición de realizar las audiencias de detención para cada uno de los individuos en el plazo legal de 48 horas. Sin embargo, los ciudadanos provenientes de Venezuela, Guatemala, Ecuador, Colombia, Cuba, Nicaragua, Honduras y El Salvador seguirán bajo arresto; 214 serán retenidos hasta que puedan ser procesados por el Servicio de Aduanas y Control de Inmigración de Estados Unidos.Otros siete ya están bajo custodia del DPS texano y han sido ingresados en la cárcel del condado de El Paso, mientras dos migrantes que obtuvieron la libertad bajo palabra y no se logró su arresto los boletinaron como prófugos de la justicia.
En un comunicado, el DPS señaló que los indocumentados intentaron romper la alambrada y entrar ilegalmente a Estados Unidos. El grupo de 214 personas estaba bajo custodia federal por entrada indebida y ahora fue acusado nuevamente de cargos estatales de disturbios, un delito menor de clase B. En ese contexto, niños migrantes que aguardan en campamentos improvisados ubicados en la frontera entre México y Estados Unidos para ser procesados por la Patrulla Fronteriza se encuentran bajo la custodia de la agencia y están sujetos a un antiguo acuerdo que establece estándares para su tratamiento, resolvió una jueza.
Sanción migrante: El tema de cuándo es que los niños están oficialmente bajo la custodia de la Patrulla Fronteriza es particularmente importante debido al acuerdo judicial de 1997 sobre la manera en que se debe tratar a los menores que están bajo tutela del gobierno federal.Dichos estándares incluyen un tiempo límite para su detención y el suministro de servicios como retretes, lavabos y controles de temperatura. La decisión del miércoles significa que el Departamento de Seguridad Nacional debe procesar rápidamente a los niños y colocarlos en instalaciones seguras e higiénicas.
Desenlace Murillo:; Un tribunal colegiado concedió la prisión domiciliaria al ex titular de la extinta Procuraduría General de la República, (PGR) Jesús Murillo Karam, dentro del proceso penal que se inició en su contra por delitos de desaparición forzada, coalición de servidores públicos y tortura en agravio de Felipe Rodríguez Salgado, “El Cepillo”, integrante del grupo delictivo Guerreros Unidos involucrado en el caso de la desaparición de los 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa.
La medida se complementa porque en noviembre de 2023 un juez con sede en el Reclusorio Norte otorgó el cambio de medida cautelar a prisión domiciliaria, por lo que se refiere a la primera causa penal que se le instruyó, pero no podía abandonar la cárcel debido a su situación de prisión preventiva justificada, ya que estaba pendiente una decisión similar dentro la segunda causa penal 41/2023. El ex funcionario se encontraba en la torre médica del penal de Tepepan, Xochimilco, en el sur de la Ciudad de México, donde permanece desde el pasado 30 de junio por problemas de salud. Ayer, el primer tribunal colegiado en materia penal en Ciudad de México en sesión pública y por mayoría de votos, resolvió el recurso de revisión incidental 28/2024, promovido por Murillo Karam, a quien se le instruye la causa penal 41/2023 en el Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur.
Las razones que la mayoría de los magistrados del primer tribunal colegiado en materia penal sostuvieron durante la sesión pública fueron que el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece una excepción para que la aplicación de la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas de protección que procedan, en aquellos supuestos en que el imputado sea mayor de 70 años o que padezca una enfermedad grave.
Jesús Murillo Karam padece una enfermedad grave y tiene más de 75 años. Padece la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), hipertensión arterial sistémica e insuficiencia vascular cerebral.
El colegiado consideró que, bajo la apariencia de buen derecho, se puede dar el adelantamiento de los efectos del amparo, pues la medida sólo implica la modificación del lugar en que cumplirá la prisión preventiva justificada. Señalaron que hay elementos para considerar que el juez de proceso se equivocó al negar la ejecución de la medida en su domicilio. Argumentaron que lo que en realidad es materia de la litis es el riesgo de fuga, pues esas son las razones que dio el juzgador para negar la ejecución de la medida en un lugar diverso a un centro de reclusión.