La Cámara de Diputados aprobó con 297 votos a favor en lo general y 349 en lo particular la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, con el objetivo de fortalecer el combate al lavado de dinero, la financiación de actividades delictivas y el uso indebido de estructuras financieras en México.


La iniciativa fue considerada de urgente y obvia resolución y enviada al Ejecutivo Federal para su publicación y entrada en vigor. El dictamen moderniza el marco legal, amplía definiciones clave, fortalece la vigilancia sobre actividades vulnerables y obliga a mayor cooperación interinstitucional y transparencia en el flujo de recursos.
Nuevas definiciones y controles
Entre las definiciones incorporadas destacan:
- Beneficiario Controlador: persona con control efectivo sobre una persona moral, incluso si no es cliente directo de una actividad vulnerable.
- Persona Políticamente Expuesta: quien ejerza o haya ejercido funciones públicas relevantes, en México o en el extranjero, así como personas vinculadas.
- Cliente o Usuario: toda persona física o moral que participe en operaciones con sujetos obligados.
- Riesgo: la probabilidad de que ciertas actividades puedan ser utilizadas para cometer delitos financieros.
Se establece que las operaciones que superen ciertos montos en UMAs (Unidad de Medida y Actualización) deberán notificarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que será la encargada de mantener, administrar y cruzar los datos con otras autoridades como la Guardia Nacional, la Secretaría de Seguridad y la Fiscalía General.
Coordinación nacional e internacional
La reforma también otorga a la SHCP facultades para:
- Coordinarse con organismos internacionales.
- Determinar medidas específicas ante países con alto riesgo de delitos financieros.
- Implementar unidades especializadas en análisis patrimonial en entidades federativas.
- Requerir información a instituciones públicas, partidos políticos y sindicatos a través del INE y la Secretaría del Trabajo, según corresponda.
Asimismo, se formaliza que el Ministerio Público Federal podrá investigar delitos financieros con servicios del sistema bancario, pero sólo podrá judicializar los casos con denuncia expresa de la SHCP, que fungirá como víctima u ofendida.
Régimen transitorio y capacitación
Durante los primeros seis meses de vigencia, la Unidad de Inteligencia Financiera y el SAT implementarán un programa de capacitación para asociaciones y sociedades sin fines de lucro, con el fin de armonizar el cumplimiento de la ley con el respeto a la libertad de asociación.
Por otro lado, los congresos locales tendrán 180 días naturales para actualizar sus normativas, conforme a los nuevos lineamientos de la ley federal reformada.
Debate legislativo y rechazo de reservas
Durante la discusión en lo particular, se presentaron propuestas de modificación a más de 30 artículos, incluyendo el 400 Bis del Código Penal Federal, sin embargo, fueron desechadas o retiradas, lo que permitió que la minuta se aprobara sin modificaciones adicionales. La diputada Dolores Padierna Luna, en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó sobre las reservas y condujo la sesión de votación.
La nueva legislación refuerza el marco normativo mexicano frente a estructuras criminales transnacionales, dando mayor claridad sobre las responsabilidades y capacidades del Estado en materia de prevención, detección e investigación del lavado de dinero.
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