La Cámara de Diputados aprobó con 413 votos a favor reformas al Código Penal Federal para endurecer las sanciones por el delito de despojo y turnó el dictamen al Senado para su revisión constitucional.
Con las modificaciones al artículo 395, quien ocupe con violencia, amenazas, engaños o furtivamente un inmueble ajeno, o ejerza un derecho que no le pertenece, enfrentará penas de seis a diez años de prisión y multas de 500 a 2 mil UMAs.
Las reformas también aplican cuando el despojo se cometa sobre un inmueble propio que esté legalmente bajo posesión de otra persona, o en el caso de despojo de aguas. Asimismo, se adiciona el artículo 395 Bis, que incrementa hasta en una mitad las sanciones si la víctima es una persona adulta mayor, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, o si el delito es cometido por una persona servidora pública.
Además, el artículo 396 establece que a estas penas se sumará la correspondiente por la violencia o amenazas ejercidas durante el delito.
El diputado morenista Gerardo Ulloa Pérez, promovente de la iniciativa, afirmó que el despojo es un “flagelo social” que afecta especialmente a los sectores más vulnerables y que ha crecido de manera constante. Señaló que solo en el Estado de México han ocurrido más de 42 mil casos entre 2015 y 2025. Advirtió que este delito prospera por omisiones e incluso complicidades de autoridades con grupos criminales.
Ulloa subrayó que se busca proteger el derecho a la propiedad y evitar que las familias sigan viviendo con “miedo a perder lo que con tantos años construyeron”.
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