Participa Nancy Núñez en la aprobación de la Ley vicaria

En el Congreso de la CDMX se aprobó el dictamen presentado por la Comisión de Igualdad de Género por la que se reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, con lo cual se incluye en la norma la violencia vicaria.

Se reconoció a los colectivos de mujeres que dieron la lucha para que la violencia vicaria sea ley y deja patente su compromiso con las causas del pueblo y de las mujeres pues se dio un paso más en la defensa de las madres que han visto vulnerado su derecho a estar con sus hijas e hijos por la causa de la corrupción y fueron separados del cuidado materno.

“Ya es ley, ya es ley, la violencia vicaria ya es ley”, es el grito de reconocimiento a la lucha de las mujeres que por años buscaron visibilizar y combatir este tipo de violencia, porque nunca más se permita que las mujeres sean separadas de sus hijos e hijas.

La bancada de Morena reconoció el trabajo hecho por las diputadas Nancy Núñez y Ana Francis López Bayghen, así como al senador José Narro Céspedes, las colectivas de mujeres, colectivas de madres de CAM CAI, Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria, Madres Unidas, Alianza de Madres Protectoras, Madres Exigiendo Justicia y 25 Día Naranja, porque hoy la ley vicaria es una realidad en la capital del país.

El dictamen fue aprobado con modificaciones al primer párrafo de la Fracción X del Artículo 60 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, con 44 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, define a la violencia vicaria como:

Es la acción u omisión cometida por quien tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato o haya mantenido una relación de hecho o de cualquier otro tipo, por sí o por interpósita persona, que provoque la separación de la madre con sus hijas e hijos o persona vinculada significativamente a la mujer, a través de la retención, sustracción, ocultamiento, maltrato, amenaza, puesta en peligro o promoviendo mecanismos jurídicos y no jurídicos que retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia, para manipular, controlar a la mujer o dañar el vínculo afectivo, ocasionando un daño psicoemocional, físico, patrimonial o de cualquier otro tipo a ella y a sus hijas e hijos e incluso el suicidio a las madres y a sus hijas e hijos, así como desencadenar en el feminicidio u homicidio de las hijas e hijos perpetrados por su progenitor.

 Este tipo de violencia puede cometerse también a través de familiares o personas con relación afectiva de quien comete este tipo de violencia.

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