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Solicitud de licencia de presidenta de Tecámac, dentro de la ley: TEPJF

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) otorgó la razón al cabildo de Tecámac y a su presidenta municipal, Mariela Gutiérrez Escalante, sobre los motivos de su licencia para participar en la campaña de Delfina Gómez.

Los magistrados consideraron que en todo momento fue correcta la solicitud y no se violó ningún precepto constitucional, como lo adelantaron juristas en su momento, por lo que que tuvieron que desechar y revocar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México.

Argumentaron que existió falta de congruencia e indebida fundamentación y motivación de la determinación de dicha autoridad, toda vez que la simple solicitud y aprobación de la licencia que otorgó el cabildo de Tecámac, no resulta por sí misma contrario al artículo 134 constitucional, sin que ello implique una justificación para la parte actora de participar activamente en actos de proselitismo.

El magistrado, Idalfer Infante, señala en su ponencia que no basta la expresión de tal intencionalidad para configurar la infracción al no advertirse que se ponga en peligro un bien jurídico ni inminencia o necesidad de la conducta.

Lo anterior, añade, dado que la mera aprobación de una licencia resulta irrelevante para la configuración de la falta, pues la participación indebida de funcionarios públicos puede configurarse con independencia de si solicitó o se goza de una licencia, por lo que no implica siquiera un acto preparatorio que suponga un peligro concreto o un riesgo real en términos jurídicos.

El PRI denunció a la presidenta municipal de Tecámac por la violación a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda, por lo que el tricolor recibió un revés judicial al otorgársele la razón a Mariela Gutiérrez.

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